S/.7 900.00 Soles pagarán por vender licor fuera del horario permitido

 
   
 

06 de septiembre 2016 ►Hasta S/.7 900.00 Soles será el monto que tendrán que pagar los dueños de los establecimientos que comercien bebidas alcohólicas fuera del horario establecido. La sanción se encuentra estipulada en la Ordenanza ° 140- CLDO y  N° 259- CDLO donde se detalla como hora límite las 11:00 p.m. para bodegas y supermercados y 3:00 a.m. para discotecas y karaokes. 

 

El monto de las multas dependerá del tamaño del área comercial;  para locales de hasta 100 m2 es 0.25 UIT equivalente a  S/. 987.50 Soles, locales desde 101 m2 a 500 m2 es de 1 UIT equivalente a S/. 3 950.00 Soles y establecimientos de 501 m2 a más serán sancionados con 2 UIT equivalentes a  S/.7 900.00 Soles.

 

Además, las bodegas o restaurantes que no cuenten con autorización municipal para el comercio y/o distribución de bebidas alcohólicas serán multados con 2.00 UIT equivalentes a S/. 7 900.00 Soles.

 

Se recuerda que desde enero del presente año entró en vigencia el Reglamento de Aplicación de Sanciones (RAS) que permite que el personal de fiscalización puede multar y proceder con la clausura a los establecimientos que no cumplan con la norma establecida sin la necesidad de una notificación preventiva. 

 

 

 
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